Guía para comprar una casa
¿Sabías qué?: Sólo los ayuntamientos pueden emitir documentos oficiales sobre clasificación del suelo. Nunca las promotoras.
Antes de comprar: Siempre es recomendable comprobar la clasificación de un terreno en la delegación provincial de la Consejería de Obras Públicas.
Más extranjeros: La mayoría de los fraudes son cometidos por promotoras ante extranjeros que adquieren segundas residencias.

Como Comprar Una Casa y Evitar Fraudes

La compleja tarea de comprar una casa provoca múltiples fraudes y litigios judiciales en una región tan extensa como Andalucía. Edificios en terrenos no urbanizables, casas construidas sin permisos, inmuebles con mayor edificabilidad de la permitida…

Autor: Julio Ruiz

Los casos producto de ayuntamientos corruptos, políticos sin escrúpulos y técnicos municipales exentos de ética han sembrado la comunidad de conflictos urbanísticos cuyas primeras víctimas son los vecinos. Esta breve guía pretende enseñar los pasos necesarios antes de comprar una casa. El objetivo principal es evitar los fraudes, más habituales ante compradores extranjeros, al confiar en inmobiliarias que sólo buscan el beneficio económico rápido.

Esencial en toda compra de vivienda:
No fiarse de promesas ni de certificados emitidos por las inmobiliarias o particulares. Sólo los ayuntamientos pueden emitir los documentos oficiales necesarios de clasificación del suelo. Si la empresa falsifica un documento oficial, el vecino tendrá derecho a reclamar ante los tribunales por un presunto delito. Si la víctima presenta un documento de la empresa, no hay delito por el que reclamar ante la Justicia.

1. Para comprar una casa
Exigir los documentos oficiales ante notario que acreditan la titularidad de la vivienda y la escritura del terreno. Solicitar al Registro de la propiedad un certificado tanto del terreno como de la vivienda.

2. Para construir una vivienda en un terreno
Solicitar al vendedor un certificado de la clasificación del suelo emitido por el ayuntamiento. Para poder construir en un suelo, éste debe denominarse “urbano” o “urbanizable”.

2a. Si el terreno es urbanizable: es necesario solicitar en el Ayuntamiento un certificado que declare el terreno como “urbanizable”, otro con las condiciones de edificabilidad, y un tercero con la superficie mínima de la parcela.
Ej. Se han dado casos en los que se han vendido terrenos atravesados por una calle prevista en el Plan General, pendiente de ejecutar.

2b. Si el terreno es urbano: Siempre que sea una parcela apta para construir, es necesario comprobar si no hay cargas en las escrituras del terreno y ver sus posibilidades urbanísticas: solar, ruina etc. Si es una parcela construida, hay que comprobar si no hay cargas en las escrituras de la vivienda construida. En cualquiera de los casos es necesario solicitar una nota en el Registro de la Propiedad para ver la situación de la parcela o de la vivienda construida.

2c. Si el terreno es “no urbanizable”: se debe exigir un certificado de la superficie mínima que se puede edificar y de las condiciones de dicha edificación. Ej. En una finca rústica de dos hectáreas se podrá edificar una pequeña casa, pero con una altura muy determinada y estipulada por el ayuntamiento.

3. En cualquiera de los casos anteriores: Para mayor seguridad sobre la calificación y clasificación del terreno, se puede consultar en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas sobre la situación del Plan General del municipio y pedir los datos concernientes a la parcela.

*( en los pueblos pequeños el Plan General se denomina Normas Subsidiarias NNSS).




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